Tipos de contratos para personas con discapacidad

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Las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas, por ley, a destinar un mínimo de un 2% de sus puestos de trabajo a profesionales con discapacidad. Tanto si eres empresario o directivo, como si tienes una discapacidad y estás buscando empleo, te conviene conocer los contratos que existen para personas con discapacidad. Alberto Rodríguez, técnico de Recursos Humanos de Vivva, nos ha explicado los diferentes tipos de contratos que hay disponibles en la actualidad para trabajadores con discapacidad.

 

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El contrato y la jornada laboral

Siempre es positivo comenzar cualquier explicación aclarando los conceptos clave. Así, cuando hablamos de un contrato laboral, nos estamos refiriendo al documento escrito que define y recoge la relación laboral acordada entre un trabajador y una empresa.

En el contrato se detallan los derechos y las obligaciones de las partes, especialmente los referidos a sus aspectos más importantes: duración, contenido y características.

Por otra parte, es necesario resaltar que existen dos tipos de jornada de trabajo:

  1. Completa: Su duración máxima es de 40 horas semanales, aunque algunos convenios sectoriales la establecen en 39, 37 u otras cantidades.
  2. Parcial: Es cualquier jornada con menos horas semanales que las estipuladas por el convenio correspondiente. La variedad es enorme, aunque lo más habitual es 10, 15 ó 30 horas. Sea como fuere, el contrato laboral incluirá esta información.

 

Tipos de contratos para personas con discapacidad

 

Los tipos de contratos para profesionales con discapacidad

Vamos a presentar y explicar los diferentes tipos de contratos que existen. Todos ellos se adaptan a las dos modalidades mencionadas: jornada completa y jornada parcial.

Contratos temporales

Cuando se firma un contrato temporal, significa que tiene una duración determinada en el tiempo, la cual queda constatada en el documento pactado. Es decir, se consigna una fecha de inicio y otra de finalización. O, al menos, se concreta cómo se establecerán ambos momentos.

Con frecuencia, las relaciones laborales entre un empleado y una empresa comienzan con estas contrataciones. Permiten a las partes conocerse mutuamente y constituyen una oportunidad para el trabajador. Si el profesional trabaja de forma eficiente y responsable, cumple con su cometido, alcanza los objetivos definidos y sabe encajar en su equipo de trabajo, lo más frecuente será que la empresa le renueve el contrato.

Hoy en día, conviven 5 clases de contratos temporales:

  1. Contrato eventual: Se firma cuando la empresa tiene un volumen de trabajo superior o una exigencia mayor en un periodo de tiempo determinado. Para afrontar esta situación coyuntural con garantías, amplia su plantilla contratando a los profesionales necesarios.
  2. Contrato de obra y servicio: Aunque las motivaciones para contratar de la organización son similares al anterior, su concreción es diferente. En él se establece la fecha de comienzo, pero no la de finalización. Porque el contrato se realiza para llevar a cabo un proyecto o una tarea que no es posible anticipar cuánto se tardará en finalizar. Una vez completado, la contratación expirará. La ley establece que no se puede prolongar más de 3 años. En ocasiones, pueden durar también incluso horas.
  3. Contrato de interinidad: Es el que se firma para realizar la sustitución temporal del titular del puesto. Motivos como una enfermedad o un problema físico, la maternidad o una excedencia pueden originar esa ausencia. El nuevo empleado se incorpora a su puesto de trabajo hasta que el profesional titular regrese a su labor.
  4. Contrato de formación y aprendizaje: Se dirige a jóvenes de entre 16 y 30 años. Su carácter es mixto, porque el objetivo es que sigan formándose mientras aprenden a trabajar y cobran una remuneración.
  5. Contrato de prácticas: Se aplica a personas que acaban de obtener un título académico, ya sea universitario, de Formación Profesional o de otra clase. Su finalidad es poner en práctica los conocimientos adquiridos.

 

Tipos de contratos para personas con discapacidad

Contrato indefinido

En este caso, no se contemplan ni una duración ni una fecha de conclusión. Por ello, ofrecen al trabajador la mayor estabilidad y suelen convertirse en una primera meta laboral entre las personas que trabajan con contratos temporales. De hecho, cualquiera de ellos puede devenir en una contratación indefinida.

Los empresarios y directivos observan en directo cómo se desenvuelve esa persona durante el tiempo acordado. Si aporta valor a su organización, sin duda desearán seguir contando con su aportación y le ofrecerán un contrato indefinido. ¡A las empresas les interesa retener el talento!

 

Tipos de contratos para personas con discapacidad

 

En Vivva apostamos por contratar profesionales con discapacidad

Conocer las posibles contrataciones existentes hoy en día para profesionales con discapacidad es tan importante para las empresas como para estos trabajadores. Las relaciones laborales que se generan entre ambas partes suelen ser muy productivas.

En VIVVA acumulamos la experiencia suficiente para afirmarlo con determinación. Somos un centro especial de empleo que apuesta por la economía circular inclusiva. En nuestra actividad nos planteamos dos objetivos esenciales:

• Acompañar y ayudar a los profesionales con discapacidad en sus procesos de búsqueda activa de empleo.
• Asesorar a las empresas para que se adapten a la Ley General de Discapacidad.

Apostar por los contratos para personas con discapacidad significa mucho más que cumplir con una normativa. Supone cambiar el mundo a mejor y disponer de trabajadores muy eficientes, motivados y muy comprometidos.

 

 

Juan Lozano
Convencido de que el único modelo posible de colaboración en nuestra sociedad es aquel que busca un equilibrio para que todas las personas cubran sus propias necesidades, en contra del modelo de la competencia y la obsesión por ganar dinero sin importar cómo se gana. En el año 2007 fundó junto con otros amigos y empresarios el Centro Especial de Empleo Vivva.

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