El pasado 18 de octubre el Consejo de Ministros aprobó los nuevos Baremos para la Valoración y Calificación del Grado de Discapacidad. La nueva normativa se adapta a la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud de la Organización Mundial de la Salud (OMS) que data del año 2001.
Los cinco grados de discapacidad
El Real Decreto establece un nuevo procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación de los grados de discapacidad. Además, incluye un trámite de urgencia si fuese necesario por causas humanitarias o de necesidad social. Sería, por ejemplo, el caso de las víctimas de guerra, y también de las personas que padecen enfermedades degenerativas, como la ELA.
Este nuevo texto sustituye al que estaba en vigor desde el año 1999 y se adapta a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización Nacional de Naciones Unidas.
- Grado 0 – Discapacidad nula (del 0% al 4%): se concede cuando la discapacidad resulta “insignificante” y el solicitante no tiene ninguna dificultad para realizar las tareas de la vida diaria
- Grado 1 – Discapacidad leve (del 5% al 24%): se concede cuando el nivel de discapacidad no impide que el solicitante sea independiente para realizar prácticamente todas las actividades diarias
- Grado 2 – Discapacidad moderada (del 25% al 49%): se concede cuando la persona tiene algunas dificultades para realizar las actividades diarias, pero es totalmente independiente para su autocuidado
- Grado 3 – Discapacidad grave (del 50% al 95%): se concede cuando el solicitante presenta una discapacidad elevada que le impide desenvolverse sin apoyo en su vida diaria
- Grado 4 – Discapacidad total (del 96% -100%): se concede cuando la persona tiene una dificultad absoluta para llevar a cabo todas sus actividades diarias
Mayor flexibilidad en la tramitación
La tramitación del procedimiento para la calificación del grado de discapacidad se agiliza a través de medios telemáticos y tiene en cuenta en todo momento la total accesibilidad para las personas con discapacidad. Además, la nueva normativa permite que cualquier persona pueda ir acompañada durante el proceso por un familiar o una persona de confianza.
Las personas con discapacidad padecen altos niveles de desempleo. Debido a que el empleo se considera una pieza esencial para garantizar la igualdad de oportunidades y la plena inclusión, todas las mejoras en este tipo de procedimientos serán bien recibidas por las personas con discapacidad que quieren acceder al mercado laboral.
En la elaboración del texto han participado tanto instituciones del Estado como autonómicas y asociaciones del sector de la discapacidad. Todos los participantes coinciden en la necesidad de ajustarse a la nueva realidad de este colectivo. El nuevo modelo significa evolucionar desde un punto de vista médico de la discapacidad hacia un enfoque social, ya que tiene en cuenta las barreras que las personas con discapacidad encuentran cada día y la necesidad de fomentar su participación social.
Los nuevos grados de discapacidad y su incidencia en el empleo
Las personas que presentan grados de discapacidad 0, 1 y 2 están perfectamente capacitadas para desarrollar cualquier actividad profesional. En realidad en muchas empresas hay trabajadores con estos grados de discapacidad y sus compañeros ni siquiera se percatan de ello. En algunos casos excepcionales, algunos trabajadores con discapacidad pueden requerir un apoyo adaptado a sus necesidades para realizar sus tareas con total autonomía.
La inclusión social de las personas con discapacidad es un objetivo de nuestra sociedad y para su consecución es esencial el papel de los centros especiales de empleo. En Vivva orientamos y ayudamos a fomentar el trabajo entre las personas con discapacidad. Además, asesoramos a las empresas que quieran incluir a estas personas de acuerdo a la Ley General de Discapacidad.